Terceros De Buena Fe – Ley Contra El Lavado De Dinero U Otros Activos

Las medidas y sanciones a que se refieren los artículos 11, 12 y 15 se aplicarán salvo los derechos de terceros de buena fe. Artículo 16 Decreto número 67-2001 del Congreso de la República de Guatemala (Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos) con fecha de emisión: 28/11/2001