Inicio De Operaciones De La Intendencia De Verificación Especial – Ley Contra El Lavado De Dinero U Otros Activos

La Intendencia de Verificación Especial -IVE- iniciará sus funciones dentro de los ciento ochenta días de la fecha de vigencia de esta ley. Artículo 45 Decreto número 67-2001 del Congreso de la República de Guatemala (Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos) con fecha de emisión: 28/11/2001