Efectos Y Consecuencias De La Insubsistencia O La Nulidad Del Matrimonio Y La Separación Y Divorcio – Código Civil

Los efectos y consecuencias de la insubsistencia o de la nulidad del matrimonio, así como los de la separación y del divorcio, se regirán, en cuanto a las personas, por las leyes del país donde hayan sido decretadas. Artículo 172 Decreto Ley No. 106 del Jefe del Gobierno de la República (Código Civil) con fecha de emisión: 14/09/1963