Adjudicación De Concesiones – Ley Forestal

Las concesiones en tierras del Estado, cubiertas o desprovistas de bosque, se adjudicarán por medio de oferta pública de acuerdo con la Ley de Contrataciones del Estado y las prohibiciones expresadas en el Artículo 31 de la presente ley. Artículo 29 Decreto número 101-96 del Congreso de la República de Guatemala (Ley Forestal) con fecha de emisión: 31/10/1996