Registro Civil – Código Civil

El Registro Civil es la institución pública encargada de hacer constar todos los actos concernientes al estado civil de las personas. (Derogado por el Artículo 103 del Decreto 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala). Artículo 369 Decreto Ley No. 106 del Jefe del Gobierno de la República (Código Civil) con fecha de emisión: 14/09/1963