Responsabilidades Solidarias – Ley Forestal
La Junta Directiva y el Gerente son solidariamente responsables del adecuado desempeño del INAB, el cual será evaluado en términos de la eficacia en alcanzar las metas fijadas por la Junta y la eficiencia en el uso de los recursos. En tal sentido podrán, a juicio de la Junta Directiva, contratar la ejecución de actividades dentro del sector privado, siempre que ello no implique menoscabo de la seguridad en el cumplimiento de los objetivos del INAB; estando obligados a involucrar a las comunidades en la ejecución y planificación de las políticas forestales, así como que la institución y el personal cumplan con un esquema de descentralización y desconcentración activo. La Junta Directiva deberá rendir un informe anual ante el Congreso de la República sobre la situación del sector y de los recursos forestales, los estados financieros, la ejecución presupuestaria y el grado de alcance de las metas establecidas, Artículo 19 Decreto número 101-96 del Congreso de la República de Guatemala (Ley Forestal) con fecha de emisión: 31/10/1996