ARTICULO 608.- Animales sin marca en fincas particulares. Los animales sin marca alguna que se encuentren en una finca particular se presume que son del dueño de ésta, mientras no se pruebe lo contrario, a no ser que el propietario no tenga cría de la raza a que los animales pertenezcan.
📜 Decreto Ley No. 106 del Jefe del Gobierno de la República (Código Civil)
También te puede interesar
Artículo
Civil
Nacimiento durante un viaje — Código Civil
ARTICULO 401.- Nacimiento durante un viaje. Si durante un viaje ocurriere un nacimiento, se inscribirá en el R…
Artículo
Civil
Derecho del acreedor para inspeccionar los bienes — Código Civil
ARTICULO 915.- Derecho del acreedor para inspeccionar los bienes. El acreedor podrá por sí o por medio de un d…
Artículo
Civil
Presunción de propiedad en construcciones o siembras — Código Civil
ARTICULO 659.- Presunción de propiedad en construcciones o siembras. Toda construcción, siembra, plantación u …
Artículo
Civil
Artículo — Código Civil
ARTICULO TRANSITORIO.- Artículo transitorio: Ley de Aguas. Mientras se promulga la nueva ley de aguas de domin…