Derechos y obligaciones en mancomunidad solidaria — Código Civil

ARTICULO 1354.- Derechos y obligaciones en mancomunidad solidaria. Cada uno de los acreedores o deudores solidarios pueden hacer todo lo que sea útil a los demás, pero no lo que les sea perjudicial. La acción ejercitada contra cualquiera de los deudores solidarios perjudica a todos ellos.

📜 Decreto Ley No. 106 del Jefe del Gobierno de la República (Código Civil)