Nulidad en contratos sobre mejoras — Código Civil

ARTICULO 1918.- Nulidad en contratos sobre mejoras. Es nulo el contrato sobre abono de mejoras en que no se especifica, al menos aproximadamente, cuáles deben ser éstas y cuánta será la mayor cantidad que con tal objeto pueda gastar el arrendatario.

📜 Decreto Ley No. 106 del Jefe del Gobierno de la República (Código Civil)